USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS

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Se ha publicado la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Se regula el uso obligatorio de mascarillas, desde el 21/05/2020 hasta la finalización del Estado de Alarma, en las siguientes condiciones:
Personas Obligadas: personas de 6 años para adelante. Para las personas entre los 3 y 5 años el uso es recomendable. Se establecen las siguientes excepciones a la obligatoriedad.

– Personas que presenten dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.
– Personas a las que el uso de mascarilla sea contraindicado por motivos de salud debidamente acreditados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su uso.
– En el desarrollo de actividades que por su propia naturaleza resulte incompatible el uso de la mascarilla (comer o beber).
– Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Lugares donde resulta aplicable la obligación: en toda la vía pública (por la calle), en todo espacio al aire libre, y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público (establecimientos y actividades económicas, siempre y cuando, en todos los casos, no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos 2 metros. En todos los demás lugares el uso está recomendado. Por ejemplo, viviendas privadas cuando se producen visitas.
Tipo de Mascarillas: la obligación se entenderá cumplida con el uso de cualquier tipo de mascarilla, siendo preferente el uso de mascarillas higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca. Se deben cumplir las indicaciones de las autoridades sanitarias sobre su uso.
Uso de mascarillas en vehículos: se establece que NO será obligatorio el uso de mascarilla en los siguientes casos:
– Respecto a los pasajeros en transporte públicos de hasta 9 plazas, cuando todos convivan en un mismo domicilio. Es el caso de los taxis.
– En el caso de vehículos con una sola fila de asientos, como camiones, furgonetas y similares, cuando viaje mas de un ocupante y convivan en el mismo domicilio.
– En el caso de motocicletas y similares, cuando la usen dos ocupantes que convivan en el mismo domicilio.
– En el caso de arrendamientos de vehículos privados y de arrendamiento de vehículos sin conductor, de hasta 9 plazas, cuando todos los ocupantes convivan en el mismo domicilio.
En todos los demás casos el uso de la mascarilla es obligatorio.
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DOCLM-Concesión directa de subvenciones a autónomos y microempresas RD 14/2020

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Se ha publicado el RD 14/2020 de Concesión directa de subvenciones a autónomos y microempresas afectadas por el COVID-19.
Se podrán beneficiar tanto autónomos como microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan su actividad en Castilla La Mancha y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se hayan visto obligados a la suspensión de su actividad por la orden de cierre del RD 463/2020 por la que se declara estado de alarma.
b) Que  aún  no  habiendo  suspendido su  actividad, hayan sufrido una  reducción  de  su  facturación en el mes de  Abril 2020 de al menos  el   60 %, en relación con Abril 2019.
c) Por lo que los beneficiarios de estas ayudas tendrán la obligación de reiniciar y mantener la actividad al menos 12 meses y en su caso, mantener a la finalización del plazo de los 12 meses, el empleo que tenían en la fecha de presentación de la solicitud. Lo tendrán que acreditar en el plazo de un mes contado una vez finalizados estos 12 meses.
 LÍNEAS DE SUBVENCIÓN:
 Línea 1: 
Subvenciones destinadas a personas trabajadoras autónomas sin asalariados.
Cuantía: 1.500 €
 Línea 2: 
Subvenciones destinadas a microempresas. (Personas físicas, Jurídicas (Sociedades), Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de entidad que ejerzan actividad económica, que tengan personal asalariado “menos de 10 trabajadores” y que sus ingresos no excedan de 2.000.000 €).
Cuantía: 1º 2.200 € Hasta 5 trabajadores equivalentes a tiempo completo.
                2º 3.000 € Con más de 5 trabajadores y menos de 10 equivalentes a tiempo completo.
Están excluidas la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, al igual que actividades de Industria de la alimentación, fabricación de bebidas y tabaco encuadradas en los códigos 10, 11 y 12 de la sección C del CNAE-09.
Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos, siempre que la solicitud a aportar esté completa, y hasta el agotamiento de la financiación posible.
Plazo de presentación: un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha. DESDE EL 15/05/2020 HASTA EL 15/06/2020. 
Recomendamos que los interesados contacten con las gestorías de su confianza.
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ERTES y SEGUROS SOCIALES

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Os informamos en primer lugar, que los ERTES aprobados por causa del COVID-19 finalizarán el día 30 de Junio de 2020, y que además, desde el 13 de Mayo de 2020 y hasta dicha fecha final, los ERTES por fuerza mayor aprobados se dividen en dos tipos, los que seguirán exonerados de pago de Seguros sociales y los que empiezan a pagar de una manera u otra en función de lo que pasamos a explicaros:
       1. ERTES FUERZA MAYOR TOTAL: Aquellas empresas que permanecen cerradas por prohibición absoluta para su reapertura (por ejemplo locales de loterías y apuestas del Estado, salas de fiestas, discotecas, casinos, espectáculos…..) seguirán sin pagar seguros sociales de sus trabajadores hasta que se les permita abrir si es antes del 30 de junio, y si no hasta dicha fecha.
      2. ERTES FUERZA MAYOR PARCIAL: Que son la mayoría de los negocios, es decir, aquellos que de una u otra forma ya están autorizados a abrir (con cita previa, etc….), aunque decidan no iniciar la actividad, pagarán una parte de los seguros sociales de sus trabajadores a partir del día 13 de mayo de 2020.
En este segundo grupo, lo que se pretende es incentivar la salida de los trabajadores de los ERTES y su reincorporación al trabajo. De este modo, para aquellos trabajadores que vuelvan a su puesto de trabajo, ya sean totalmente o a tiempo parcial, la empresa tendrá una exoneración del 85% de sus seguros sociales (de la parte empresarial), y de aquellos que permanezcan en el ERTE se exonerará únicamente el 60% de su coste en seguros sociales. Además estos porcentajes serán menos beneficiosos en el mes de junio, pasando del 85% al 70 % a los que salgan del ERTE, y del 60% al 45% a los que permanezcan en el ERTE.
Como conclusión, y aún con muchas dudas que tendrán que ir resolviendo, a partir de ahora ya no es gratis la seguridad social de los trabajadores de los ERTES por fuerza mayor, una vez que se pueden ir iniciando los negocios, independientemente de que la empresa decida o no reabrir, los porcentajes de exoneración de los seguros sociales serán los explicados anteriormente. Además, el día 30 de junio tendrán que incorporarse todos los trabajadores, y si no, buscar otras opciones como lo que os explicaremos a continuación.
  • MANTENIMIENTO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO 
Por otro lado, informaros también de que, como bien sabéis, aquellas empresas que se han beneficiado de los ERTES por fuerza mayor, están obligadas a mantener los puestos de trabajo afectados durante un plazo mínimo de SEIS MESES con posterioridad a la finalización del ERTE. No se considerará incumplida esta obligación tan sólo en casos de bajas voluntarias, despidos disciplinarios declarados procedentes, fallecimiento, jubilación o incapacidad de los trabajadores afectados, o en el caso de trabajadores eventuales o de obra, si finaliza el servicio u otra por el que se los contrató.
El incumplimiento supondrá la devolución de los seguros sociales con sus correspondientes intereses y recargo.
  • OPCIÓN DE CAMBIO DE ERTE A CAUSAS ECONÓMICAS
Aquellas empresas que consideren que no van a poder reincorporar a todos sus trabajadores a sus puestos de trabajo, pueden optar por solicitar otro ERTE por causas económicas a partir del 30 de Junio de 2020. Con esta opción, la empresa no pagará los salarios de los trabajadores durante dicho ERTE, pero sí tendrá que pagar la seguridad social correspondiente, y los trabajadores afectados consumirán sus prestaciones por desempleo.

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Información Resolución de CSES privados- Resolución del 12/05/2020 de la Consejería de Sanidad

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La Dirección Gral. de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria informa de la Resolución del 12/05/2020 de la Consejería de Sanidad por la que se alzan las medidas adoptadas para los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Castilla-La Mancha con motivo del COVID-19, que se ha publicado hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM).
  En virtud de esta Resolución, se alzan las medidas adoptadas para los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Castilla-La Mancha con motivo del COVID-19, dejando sin efecto la Resolución de 17/03/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas para los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Castilla-La Mancha con motivo del COVID-19, y la Resolución de 20/04/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan nuevas medidas para los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Castilla-La Mancha con motivo del COVID-19. 

La reincorporación a la actividad laboral se tiene que hacer siguiendo las indicaciones del servicio de prevención y los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias o, en su defecto, elaborados por las sociedades científicas u organizaciones profesionales para la aplicación de las medidas de prevención contra el SARS-CoV-2.

 Para realizar la comunicación a la Delegación Provincial de la reapertura de su actividad, el titular o, en su caso, el representante legal del centro, servicios y establecimientos sanitarios deberá utilizar el formulario establecido al efecto en la página web de la Junta de Comunidades: “ del Registro electrónico de la Junta”, indicando en el mismo que se comunica “LA FINALIZACIÓN DEL PERIODO DE SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD Y EL REINICIO DE LA MISMA”.

Finalmente, se le recuerda que, aunque queden sin efecto estas Resoluciones de la Consejería de Sanidad, continúan vigentes las normas, resoluciones, instrucciones y recomendaciones establecidas a nivel nacional mientras continúe el estado de alarma con motivo del COVID-19.

Documento Oficial: Resolución de 12-05-2020 de la Consejería de Sanidad por la que se alzan las medidas centros privados

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Zirkonzahn nos invita a sus Conferencias Online Gratuitas en Mayo

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Desde Zirkonzahn  nos informan de su calendario de conferencias online gratuitas durante el mes de Mayo. Se puede acceder en directo o también dejarán la opción de recuperarlas en los podcast de su perfil.
Hay mucha variedad de temas por lo que seguro os puede interesar alguna.
Solo necesitas una cuenta de facebook para conectarte a la pagina:

                 “Zirkonzahn Worldwide“.

Haz clic en la conferencia que te interese y luego haz clic en “participar” para recibir una notificación antes del inicio del evento en Facebook.

“Entre a nuestro valle del saber: Software, hardware y soluciones inteligentes de Zirkonzahn
TPD Samuele Zanini – Miércoles 13 de mayo, 16:30-17:30 Horario España

“La zona secreta: procesos vs. resultados
TPDM Luis Macieira – Jueves 14 de mayo, 16:30-17:30 Horario España

“Como importar y usar datos de escáner intraoral en el software de Zirkonzahn”
TPDM Antonio Corradini – Miércoles 20 de mayo, 16:30-17:30 Horario España

“De la función a la estética, 10 claves para el éxito”
Dr. Francisco García – Viernes 22 de mayo, 16:30-17:30 Horario España

“Flujo digital Zirkonzahn: el puente Prettau® su barra de titanio”
TPD Samuele Zanini – Miércoles 27 de mayo, 16:30-17:30 Horario España

“Digitalizando protocolos clínicos y técnicos en estructuras Dento- Gingivales”
TPDM. Dr. Arturo Godoy – Viernes 29 de mayo, 16:30-17:30 Horario España

 

 

 

 

 

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WEBINAR- a cargo de BEGO Iberica- viernes- 8 de Mayo.

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 BEGO IBERIA nos invita a participar en una Webinar el próximo viernes 8 de Mayo de 12 a 13 horas.

La videoconferencia tratará sobre diferentes temas que son de plena actualidad entre los cuales están “temas específicos” del Software de diseño 3D Exocad, la impresión 3D en el laboratorio, flujo digital en el laboratorio…etc

Pueden inscribirse en el siguiente enlace : https://www.eventbrite.es/e/entradas-webinar-la-impresion-3d-en-el-laboratorio-103903387830

                                    BEGO iberia-logo

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Criterio de la Dirección General de Trabajo, de 1 de mayo de 2020, sobre prórroga de ERTES

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La Dirección General de Trabajo ha emitido con fecha 1 de mayo de 2020 el Criterio sobre la aplicación de las medidas de suspensión y reducción de jornada durante la fase de desconfinamiento del estado de alarma, en el que teniendo en cuenta el Plan de desescalada adoptado en Consejo de Ministros el pasado 28 de abril, aclara cómo se debe proceder por parte de personas trabajadoras y empresas en relación con las medidas laborales de emergencia previstas en el Real Decreto-Ley 8/2020, particularmente en relación con las denominadas «medidas de flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos».

Conforme a este Criterio, las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas.

A estos efectos las exigencias documentales y de procedimiento serán las imprescindibles, bastando con comunicar a la autoridad laboral la renuncia a la medida autorizada o comunicada, ante una recuperación íntegra de la actividad, y trasladar a la entidad gestora de las prestaciones la situación de afección y desafección de cada una de las personas trabajadoras, de forma que el ERTE sirva para garantizar un tránsito no traumático hacia una normalidad futura en la que las medidas coyunturales hayan dejado de ser necesarias.

Descarga del documento publicado por la DGT: CRITERIO INTERPRETATIVO DGT ERTE DESCONFINAMIENTO

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Recomendaciones para la Incorporación al Trabajo

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Para hacer frente a posibles contagios y ante la progresiva incorporación a los puestos de trabajo de los trabajadores en general y de los Protésicos Dentales en particular se recomienda que se adopten algunas rutinas como medidas de protección.

Es importante proporcionar toda la información relacionada con las nuevas medidas de prevención de riesgos en el trabajo, el uso correcto de los equipos de protección individual, para evitar situaciones de tensión o desconfianza.

En la entrada al laboratorio se dispondrá de calzas para los zapatos, o un  barreño con un empapador con agua y disolución de lejía para desinfectar el acceso al laboratorio. Se dispondrá además de gel hidroalcohólico para desinfectarse las manos siempre que haya un contacto con alguna persona del exterior, carteros, repartidores y demás. Es necesario el usode mascarilla y guantes.  Se recomienda también el uso de gorro desechable Se deberán lavar las manos de modo habitual durante la jornada de trabajo siempre que se intercambien articuladores y modelos, también se deberán rociar con disolución de agua y lejía al 1% cuando los trabajos se realicen en cadena antes de pasarlo al siguiente protésico.Coronavirus-COVID-19_opt_opt

Otras Recomendaciones:

–       Concentración a la hora de llevar a cabo todos y cada uno de los rituales de higienización.

–       Es imprescindible extremar las medidas de higiene personal y de los espacios además de la correcta ventilación de las instalaciones.

–       Es imprescindible extremar las medidas de higiene personal y de los espacios además de la correcta ventilación de las instalaciones.

–       Es necesaria una rutina de limpieza en todas las superficies: pomos, timbres, teléfonos, teclados, ratones, etc…  los aseos y el inodoro deberán ser higienizados con material desechable (no bayetas) y desinfectados diariamente con lejía o limpiadores autorizados. Se aconseja disponer de papeleras con pedal.

–       Al iniciar la jornada laboral hay que lavarse las manos (sin anillos, pulseras, relojes, etc.) de acuerdo a las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Sanidad.

–       Al terminar la jornada de trabajo lavarse las manos con agua y jabón o gel hidroalcohólico de nuevo.

–       Respetar las nuevas distancias de seguridad interpersonal- 2 metros- evitar concentración de personas en espacios pequeños.

–       Preparar zonas de recepción de paquetería separadas por pantallas protectoras y con dispensadores de gel hidroalcohólico.

–       Definir bien las tareas de trabajo y proporcionar los EPI adecuados y conocer su uso correcto.

–       Incorporar en los protocolos de emergencia información sobre la forma de actuar ante la presencia de síntomas por COVID-19 o de un posible contagio.

 

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WEBINAR- 30 DE Abril- a cargo de Rhein83

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Mañana Jueves 30 de Abril a las 11:00 horas se celebrará una videoconferencia dirigida por el Protésico Dental y Experto Digital D. Ciro Simonetti.
La traducción simultánea correrá a cargo de D. Antonio Pugliatti, también Protésico Dental y conocido por algunos de vosotros que participasteis en su conferencia celebrada el pasado 22 de Febrero.

Para tener acceso a esta videoconferencia tan solo deberéis pinchar el enlace a la hora fijada y os dirigirá directamente a la conferencia.logo Rhein83

https://us02web.zoom.us/j/84908483424

No os la perdáis!!

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Protección e Higienización frente al COVID-19

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El Consejo Gral. de Colegios de Protésicos Dentales de España ha publicado un catálogo de medidas relacionado con la protección e higienización para evitar el contagio del COVID-19.

Acceso al catálogo: DIPTICO INFORMATIVO CORONAVIRUS PROTESICOS CGCPDE

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